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29 de abril de 2021

TEORIA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Escribe Victor Munguia


Todo gobierno para ejecutar sus planes divide el ejercicio en sectores, no hay uno más importante que el otro, y todos ellos dependen los unos de los otros. 

Los responsables de esos sectores que reciben el poder de administrar y ejecutar los objetivos de gobierno, son denominados ministros en la mayoria de paises, secretarios de estado en la Unión Americana.

Los ministros son penalmente responsables de los actos que refrendan en sus respectivos sectores; si la administración depende de una jefatura que es representada por el Presidente, eso no significa que el mandatario asume una  responsabilidad funcional por dichos actos, en tanto no se pruebe colusión o dolo con evidencia que vaya más allá del desempeño del cargo.

la teoria de la responsabilidad presidencial

La teoría de la responsabilidad presidencial parte del principio que, siendo que"el presidente representa a la Nación", los casos extremos de su enjuiciamiento y proceso post-mandato deben ser estrictamente personales y ajenos a su función ejecutiva.


Objetivos
Tres objetivos tiene la teoría de la responsabilidad penal del presidente : primero, delegar responsabilidades ejecutivas en los ministros que son los gestores de la voluntad de gobierno; segundo, preservar la estabilidad democrática evitando revanchas políticas y caos social; y tercero : resguardar la imagen y respeto a la Nación.

Responsabilidad delegada

Si el Presidente de la República, en ejercicio, no puede ser encausado por delitos comunes, quién es el responsable ? Aquél a quien por la división de la administración del estado se le delega el poder ejecutivo en el sector para el que ha sido designado : Los ministros son individualmente responsables por sus propios actos y por los actos presidenciales que refrendan.

En teoría, los actos en que el Presidente puede tener responsabilidad penal o que incurran en violación de las leyes son directamente atribuibles, imputables y perseguibles al ministro de la cartera correspondiente, esto se denomina responsabilidad delegada.

Esta responsabilidad delegada exime al Presidente de la República de responsabilidad penal por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones. Puede ser enjuiciado al término de su periodo presidencial ? Evidentemente no, el eximente no tiene el elemento temporal como condición para su existencia, por más que la frase "durante su periodo" induzca a suponerlo.

Responsabilidad funcional en casos de lesa humanidad
Es claro, que ningún presidente puede ser acusado en base a "responsabilidad funcional" ,es decir por los delitos cometidos por los elementos bajo su mando, solo por el hecho de ejercer la jefatura politica. 

El delito funcional no existe en la teoria de la responsabilidad penal del presidente.Más aún, en los procesos por delitos de lesa humanidad, es condición sine qua non probar la intencionalidad, la voluntad ejecutiva de manera personal e indubitable por parte del presidente, caso contrario no hay delito ni proceso, la carga de la prueba recae en la parte acusadora.

Mal uso del concepto delito funcional
Una deformación total de este concepto, delito funcional, ha permitido encausar a mandatarios, cuadros ejecutivos y militares por todo lo que ocurre más allá de sus voluntades, por el solo hecho de sus rango jerárquicos.

El delito funcional no existe, lo que hay es responsabilidad funcional y para esto hay que demostrar que existió negligencia, su fuero es el civil o administrativo y no de los tribunales penales nacionales o de justicia penal internacional.

Tribunales Competentes en Juicios contra Ex Mandatarios

El juicio de un ex presidente exige más allá de cualquier circunstancia el cumplimiento de la garantia de debido proceso y no hay debido proceso cuando se anteponen conceptos como delito funcional y los que deciden la inocencia o culpabilidad del reo se encuentran prejuiciados o adelantan juicios, situación inevitable en los paises de origen de los ex mandatarios.

Con la entrada en vigencia del Tratado de Roma, no existe impedimento legal para que la Corte Penal Internacional adquiera jurisdicción, si el Estado denunciante y el encausado coinciden en llevar el juicio a dicha Corte. 

Conclusión

Hoy,que las economias de todos los paises se encuentran tan condicionadas como los stocks de cualquier empresa en Wall Street, los encausamientos de mandatarios, promueven zozobra politica,tienen un impacto directo en las aspiraciones de desarrollo, y en la voluntad del inversor a arriesgar en economías con poca estabilidad social y politica.

Paises con presidentes trás las rejas no son precisamente lo que representa un clima democrático o de seguridad para el desarrollo. Solo las republiquetas encarcelan presidentes porque su estructura y base politica son efimeros, faltos de coherencia y tan volátiles como la pelea continua entre bandas y grupos de poder que las gobiernan.

5 de mayo de 2007

Apuntes sobre Globalización

Escribe Víctor Munguía

La definición apropiada:Para muchos, el término globalización causa terror, para otros es una esperanza. El debate sobre su significado aún continúa en todos los campos, sinembargo en forma general, digamos que Globalización es la creciente integración e interdependencia económica, social, tecnologica, cultural, politica y ecológica.

Globalizar es unificar el mundo,estandarizarlo,en un proceso por el cual la experiencia de vida diaria se está volviendo una.Globalización, en este sentido, se entiende como un proceso unitario cuyos alcanzes no solo son interdependencia económica, sino cultural, política y social que gradualmente van creando nexos de unión de los pueblos en un solo sistema global.

El derecho y la justicia, no están excluidos del arrollador avanze de la globalización, si en materia económica la convergencia de precios, productos, salarios, tasas de interés y ganancias depende de factores como la migración, el comercio, la inversión y flujo de capitales y la integración de mercados financieros, estos para viablizarse requieren de la normatividad adecuada propia de sistemas políticos estables, democráticos, con reglas definidas y, de un sistema judicial que de curso a la credibilidad y respeto al derecho, aplicando el debido proceso en forma unitaria e inequivoca.

La globalización y sus enemigos : Lo que se ha escrito sobre globalización,hasta hoy, siempre ha venido de parte interesada y no ha tenido en cuenta más que el aspecto de relación y poder económico. Es por eso que este fenómeno tiene detractores acérrimos en ambos espectros idepolíticos.

Los que se oponen a la globalización en Latinoamérica se autodenominan izquierda y, en el Imperio Americano, la derecha más recalcitrante representada por las aburguesadas uniones y la burguesía local, cuyo mercado es nacional, no exportadores, son los que defienden el statu quo, rechazan la globalización como atentadora de sus privilegios y niegan los derechos-que ellos han adquirido- al resto del planeta.

La globalización no es un fenómeno nuevo, si lo es la velocidad con que se produce debido al avanze tecnológico. El mundo siempre ha tenido la tendencia de globalizarse, de unificarse, de standarizar los procesos y derrumbar las fronteras, no es un capricho ni un invento del Fondo Monetario Internacional, tampoco de los poderosos de la tierra, es un hecho social irrefutable y que no puede evitarse, aunque si posponerse mediante reformas, como los famosos Tratados de Libre Comercio que algunos paises celebran gozosos.

En realidad lo que están celebrando no es una salida para el desarrollo económico con independencia sino la conservación de su status, la defensa de los intereses de la burguesía nacional amenazada con el ingreso de nuevos capitales donde antes era su feudo.

Detallemos esto : Qué ha hecho hasta hoy la burguesía nacional sino procurar el cierre de fronteras a la inversión foránea bajo pretexto de pérdida de la soberanía,alegando sometimiento a potencias extranjeras ? Nada. Este mismo argumento lo utilizan los burgueses americanos,chinos, peruanos, y etc. en todos los confines.

La burguesía nacional, urbana, se ha comportado en forma mezquina, siempre ha negociado con el gran capital y sinembargo le ha negado ese derecho al pueblo, a la clase trabajadora.

En economías donde la presencia de las grandes transnacionales e inversionistas de gran poder es mínima o se reduce a participación, la clase trabajadora se priva de vender su oferta de trabajo a estos inversores, en cambio solo tiene una opción ofrecer su labor a la burguesia nacional que diseña las reglas de dicha relación a su antojo.

Este doble juego de nacionalismo antimperialista y derechismo rabioso ha hecho que la burguesía a través de sus organizaciones representativas haya financiado a muchos partidos "comunistas", "socialistas" y "obreros" para mantener alejada a la competencia, el gran capital.

Así se han comportado en sociedades cuasi feudales donde la burguesía nacional aplasta al proletariado y lo expone a la más vil servidumbre sin alternativas de negociación alguna.

Son este tipo de relaciones de sometimiento las que generan reacciones pro liberadoras de los explotados y represión por parte del instrumento burgués de sometimiento en que se ha convertido el aparato estatal.

Es ahí donde nuestro análisis toca esa relación desigual estado-ciudadano que describí con anterioridad en mi exposición de los fundamentos de los derechos humanos, publicada en el foro de Derecho y Justicia Globalizada y que es materia de este trabajo.

Globalización y Justicia Social : En qué forma la globalización exporta principios universales como la protección del derecho a la vida, la libertad y el bienestar ?
No es la difusión de estos conceptos similar al propósito globalizador de llevar los capitales al último rincón del planeta ? Tienen derecho los trabajadores de Bolivia, por ejemplo, en iguales condiciones de capacitación y productividad, a recibir ofertas de trabajo, dentro de su país, del mismo alcance al que recibe un obrero americano o japonés, o sueco ?

No es la necesidad de contar con recursos humanos la que mueve el capital ? Y para que esos recursos se puedan utilizar al máximo de su rendimiento no se necesita trabajadores desprendidos de preocupaciones o conflictos sociales ?

Conscientes de esto, los gobiernos han reconocido la imperiosidad del respeto a la persona humana. El contundente número de países signatarios de la Declaración de los Derechos Humanos, y también del Estatuto de Roma para la Corte Penal Internacional, son la expresión de esa conciencia.

Sinembargo, hasta hoy el problema de las dictaduras y violación de los derechos humanos y las profundas brechas económicas siguen generando caos y se hace evidente que se necesitan reformas inmediatas.

Justicia globalizada: Para esto, se necesita que estas reformas sustantivas y procesales vayan de la mano con el avance de la globalización para que la maquinaria de la justicia se enrumbe por la via correcta.

Globalización y justicia económica, social y política van de la mano y negarse a ello es contranatura, ir en contra del derrotero de la historia.