23 de mayo de 2021

FELIZ 23 DE MAYO A TODOS LOS CHAPISTAS !


Aquellos que alguna vez formaron parte del legendario Club 23 de Mayo, CHAP, podrán entender el significado de este saludo a todos los hermanos chapistas en todo el mundo, sin tildarme de aprista, alanista o lo que se les ocurra. 

 Es lógico que la vida haya dispuesto diversos roles para cada uno de nosotros y de aquellos que compartimos carpetas en los veranos inolvidables en que nos preparábamos para entrar a la secundaria bajo la conducción del maestro más grande que ha existido en el Perú, el célebre compañero García, queden muy pocos en el Partido Aprista o hayan decidido sus vidas por la política. Eso es posible. 

 Fue la CHAP, una escuela de adoctrinamiento político para menores, como afirman muchos ignorantemente ? Fue acaso una simple academia de preparación formada para captar fondos, que también forma parte del repertorio de infamias que he escuchado por parte de los neófitos? 

 Qué nos legó la CHAP ? Antes de contestar esta pregunta referida al legado chapista en cada uno de los que tuvimos la fortuna de ser parte del Club 23 de Mayo, debo aclarar que a diferencia de muchos yo si he tenido grandes maestros en todos los niveles, he conocido apóstoles entregados a la formación de los jovenes estudiantes que un día fuimos. 

 En la primaria tuve al profesor Esteban Serpa Zorrilla quien me encaminó hacia las letras con sus consejos, y el director Ernesto Jibaja Campos que me enseñó personalmente a amar a la patria, la justicia y honrar a nuestros héroes. Hasta me parece verlo cantando "Gloria a Grau que triunfante pasea.." en el patio de la escuela. 

 En la secundaria, Prisco Alcalde, técnico de futbol, y Lorenzo Humberto Sotomayor, profesor de música, no tienen comparación alguna. Ya en San Marcos dos catedráticos me parecieron de lo más grande Raúl Ferrero Costa y Luis Gotuzzo Romero. En New York Law School, David Chang destacó entre todos con sus clases de constitutional law. 

Me refería a estos grandes maestros, para indicar el porqué pienso que el compañero García y la CHAP no solo entregaban conocimiento sino que preparaban a los peruanos del futuro, jamás nos hablaron de política ni para bien del Apra ni en contra de los enemigos partidarios. Eramos chapistas simplemente y como tales teníamos códigos de conducta que nos separaban del resto de muchachos de nuestras edades, desde allí nos empezamos a diferenciar y pensar en nuestros roles en la vida.

Si algo le debo a José García Zegarra no es haberme preparado tanto en matemáticas que mis profesores secundarios se sentian mal ante la facilidad en que resolvia los examenes, sino la noción de vida, la actitud social, y la esperanza en el futuro que indujo en cada uno de nosotros. 

Mis recuerdos van desde una simple tarde en el Aula Magna,jugar fulbito de mano en las instalaciones de la CHAP,y alcanzan un desfile en el dia de la Fraternidad con el uniforme chapista y haber tenido la posibilidad, no lograda por un voto, de ser uno de los oradores en el onomástico de Víctor Raúl. 
 
Después de todos los trabajos que tienen incidencia en globalización, esta nota es única, muy intima y está dirigida a todos mis hermanos chapistas en el Mundo, porque no podemos estar afiliados, ser simpatizantes o participar con el APRA, pero nuestros corazones chapistas nunca dejarán de serlo. Feliz 23 de Mayo, hermanos chapistas !

29 de abril de 2021

TEORIA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Escribe Victor Munguia


Todo gobierno para ejecutar sus planes divide el ejercicio en sectores, no hay uno más importante que el otro, y todos ellos dependen los unos de los otros. 

Los responsables de esos sectores que reciben el poder de administrar y ejecutar los objetivos de gobierno, son denominados ministros en la mayoria de paises, secretarios de estado en la Unión Americana.

Los ministros son penalmente responsables de los actos que refrendan en sus respectivos sectores; si la administración depende de una jefatura que es representada por el Presidente, eso no significa que el mandatario asume una  responsabilidad funcional por dichos actos, en tanto no se pruebe colusión o dolo con evidencia que vaya más allá del desempeño del cargo.

la teoria de la responsabilidad presidencial

La teoría de la responsabilidad presidencial parte del principio que, siendo que"el presidente representa a la Nación", los casos extremos de su enjuiciamiento y proceso post-mandato deben ser estrictamente personales y ajenos a su función ejecutiva.


Objetivos
Tres objetivos tiene la teoría de la responsabilidad penal del presidente : primero, delegar responsabilidades ejecutivas en los ministros que son los gestores de la voluntad de gobierno; segundo, preservar la estabilidad democrática evitando revanchas políticas y caos social; y tercero : resguardar la imagen y respeto a la Nación.

Responsabilidad delegada

Si el Presidente de la República, en ejercicio, no puede ser encausado por delitos comunes, quién es el responsable ? Aquél a quien por la división de la administración del estado se le delega el poder ejecutivo en el sector para el que ha sido designado : Los ministros son individualmente responsables por sus propios actos y por los actos presidenciales que refrendan.

En teoría, los actos en que el Presidente puede tener responsabilidad penal o que incurran en violación de las leyes son directamente atribuibles, imputables y perseguibles al ministro de la cartera correspondiente, esto se denomina responsabilidad delegada.

Esta responsabilidad delegada exime al Presidente de la República de responsabilidad penal por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones. Puede ser enjuiciado al término de su periodo presidencial ? Evidentemente no, el eximente no tiene el elemento temporal como condición para su existencia, por más que la frase "durante su periodo" induzca a suponerlo.

Responsabilidad funcional en casos de lesa humanidad
Es claro, que ningún presidente puede ser acusado en base a "responsabilidad funcional" ,es decir por los delitos cometidos por los elementos bajo su mando, solo por el hecho de ejercer la jefatura politica. 

El delito funcional no existe en la teoria de la responsabilidad penal del presidente.Más aún, en los procesos por delitos de lesa humanidad, es condición sine qua non probar la intencionalidad, la voluntad ejecutiva de manera personal e indubitable por parte del presidente, caso contrario no hay delito ni proceso, la carga de la prueba recae en la parte acusadora.

Mal uso del concepto delito funcional
Una deformación total de este concepto, delito funcional, ha permitido encausar a mandatarios, cuadros ejecutivos y militares por todo lo que ocurre más allá de sus voluntades, por el solo hecho de sus rango jerárquicos.

El delito funcional no existe, lo que hay es responsabilidad funcional y para esto hay que demostrar que existió negligencia, su fuero es el civil o administrativo y no de los tribunales penales nacionales o de justicia penal internacional.

Tribunales Competentes en Juicios contra Ex Mandatarios

El juicio de un ex presidente exige más allá de cualquier circunstancia el cumplimiento de la garantia de debido proceso y no hay debido proceso cuando se anteponen conceptos como delito funcional y los que deciden la inocencia o culpabilidad del reo se encuentran prejuiciados o adelantan juicios, situación inevitable en los paises de origen de los ex mandatarios.

Con la entrada en vigencia del Tratado de Roma, no existe impedimento legal para que la Corte Penal Internacional adquiera jurisdicción, si el Estado denunciante y el encausado coinciden en llevar el juicio a dicha Corte. 

Conclusión

Hoy,que las economias de todos los paises se encuentran tan condicionadas como los stocks de cualquier empresa en Wall Street, los encausamientos de mandatarios, promueven zozobra politica,tienen un impacto directo en las aspiraciones de desarrollo, y en la voluntad del inversor a arriesgar en economías con poca estabilidad social y politica.

Paises con presidentes trás las rejas no son precisamente lo que representa un clima democrático o de seguridad para el desarrollo. Solo las republiquetas encarcelan presidentes porque su estructura y base politica son efimeros, faltos de coherencia y tan volátiles como la pelea continua entre bandas y grupos de poder que las gobiernan.